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Fallo dividido aprueba candidatura de Jadue a diputado

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El Segundo Tribunal Electoral rechazó por dos votos contra uno la reclamación presentada por RN para excluir a Daniel Jadue del padrón electoral, manteniendo así su candidatura a diputado por el Distrito 9 en medio de una disputa sobre los efectos procesales de una acusación penal y el cierre del padrón ante el Servel.

El tribunal sostuvo que “es necesario dejar establecido, desde el punto de vista estrictamente formal, que la acusación en contra del señor Jadue… fue presentada por el Ministerio Público el 7 de agosto de 2025 y se tuvo por presentada el día 11 de ese mes, esto es, con posterioridad al cierre del Padrón Electoral, hecho ocurrido el 28 de junio de 2025”, según el fallo del Segundo Tribunal Electoral.

Los reclamantes de RN argumentaban que la publicación del padrón auditado por el Servel el 18 de agosto y el periodo de reclamaciones abierto hasta el 28 de agosto permitían cuestionar la inscripción. El tribunal, sin embargo, fundamentó su decisión en que cualquier limitación al derecho a sufragio debe interpretarse de forma restrictiva: “el derecho a sufragio es considerado como uno de los derechos fundamentales más importantes, pues permite preservar los demás derechos civiles y políticos, por lo que cualquier limitación del derecho de los ciudadanos a sufragar debe ser interpretada de forma restrictiva”.

El fallo añadió que “La acusación -como actuación procesal- por si sola, no resulta suficiente para producir como consecuencia la inhabilitación del elector para ejercer su derecho a sufragio y requiere de una resolución judicial, firme o ejecutoriada, que en el procedimiento contencioso penal se denomina como ‘auto de apertura del juicio oral’”. El tribunal también indicó que su decisión se apoya en pronunciamientos del Tribunal Constitucional y en la protección de la presunción de inocencia, argumento que presentó la defensa de Jadue, a cargo del abogado Ciro Colombara.

En voto de minoría, la ministra Lilian Leyton Varela consideró que la reclamación debía prosperar y que Jadue debía excluirse del padrón. Leyton Varela afirmó que “toda persona imputada en un proceso penal sigue manteniendo el derecho de sufragio hasta que exista formalmente una acusación en su contra por delitos que merezcan pena aflictiva, en cuyo caso, se suspende dicho derecho” y sostuvo que la normativa vigente establece que la suspensión procede “por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva”. Además, la ministra advirtió que “no existe autorización legal para ampliar o ligar a otros actos o resoluciones anexas al sentido de acusación”, por lo que, a su juicio, correspondía la exclusión.

El abogado de RN, Marcelo Brunet, anunció que interpondrá recurso ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), basado en el voto de minoría; esa apelación debe presentarse en un plazo máximo de cinco días.

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