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Municipalidad de Santiago deberá pagar $70 millones a familia de hombre que murió al caer en cámara subterránea

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La Corte de Apelaciones confirmó la responsabilidad del municipio por el accidente ocurrido en diciembre de 2020 en avenida Matta. La víctima, de 65 años, cayó a una cámara que estaba abierta, sin tapa ni señalización.

La Municipalidad de Santiago deberá pagar un total de $70 millones a los familiares de un hombre de 65 años que murió tras caer al interior de una cámara subterránea que se encontraba sin tapa ni medidas de protección en avenida Matta.

La resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que estableció la responsabilidad del municipio por falta de servicio. Además, el tribunal modificó parcialmente el fallo de primera instancia y aumentó la indemnización destinada a la cónyuge de la víctima.

¿Cómo ocurrió el accidente en avenida Matta?

De acuerdo con los antecedentes del fallo, el accidente ocurrió el 3 de diciembre de 2020, cerca de las 13:00 horas, cuando el hombre caminaba junto a su hijo por el bandejón central de avenida Matta, a la altura de avenida Viel.

En ese momento, cayó al interior de una cámara subterránea que permanecía abierta, sin tapa, señalización ni barreras de protección. Las lesiones provocadas por la caída causaron su muerte en el mismo lugar.

¿Por qué la Municipalidad de Santiago deberá pagar la indemnización?

La Corte determinó que el municipio tenía la obligación de mantener en condiciones seguras las áreas verdes y los espacios públicos bajo su administración, independientemente de quién fuera el propietario de la cámara subterránea.

En ese sentido, el tribunal consideró que la ausencia de una tapa, un cierre perimetral o señalización constituía una anomalía grave y evidenciaba que el servicio municipal no había funcionado correctamente.

Asimismo, descartó el argumento de la Municipalidad respecto de una eventual imprudencia de la víctima por transitar fuera de un paso peatonal habilitado. El fallo sostuvo que el sector permitía el desplazamiento de peatones y que, en cualquier caso, correspondía advertir sobre el peligro y cerrar el acceso al lugar.

¿Cómo se distribuirán los $70 millones?

La Corte confirmó una indemnización de $15 millones por daño moral para cada uno de los tres hijos de la víctima. En tanto, elevó de $15 a $25 millones el monto destinado a su cónyuge, considerando la mayor afectación acreditada.

De esta manera, el municipio deberá pagar un total de $70 millones a la viuda y los tres hijos del hombre.

Por otra parte, el tribunal mantuvo el rechazo de la indemnización por lucro cesante, debido a que no se acreditaron suficientemente los ingresos que la víctima habría continuado percibiendo.

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