El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió excluir a Daniel Jadue del padrón electoral, con lo que el exalcalde de Recoleta no podrá ser candidato a diputado por el distrito 9 en las elecciones parlamentarias de noviembre.
El fallo, conocido la tarde del 12 de septiembre de 2025, acogió la reclamación interpuesta por el abogado de Renovación Nacional (RN), Marcelo Brunet. Desde RN se solicitó declarar la inhabilidad de Jadue alegando que su condición de acusado en el caso Farmacias Populares lo suspende del derecho a sufragio conforme al artículo 16 de la Constitución.
En su decisión el Tricel indicó que “por estas consideraciones y normas legales citadas, se revoca la sentencia apelada de tres de septiembre de dos mil veinticinco, escrita a fojas 137 y siguientes (TCE) y, en su lugar se declara que se acoge la reclamación interpuesta por don Marcelo Alejandro Brunet Bruce y, en consecuencia, se dispone excluir del Padrón Electoral Auditado, a don Óscar Daniel Jadue Jadue”.
El Tribunal además consignó en el fallo lo informado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago respecto de la situación procesal de Jadue: “atendido lo informado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en orden a que el señor Óscar Daniel Jadue Jadue tiene la calidad de acusado desde el 7 de agosto de 2025, presentación sobre la cual recayó la resolución judicial de 11 del mismo mes y año, se dan a su respecto los presupuestos regulados en el artículo 16 N°2 de la Constitución Política de la República para la suspensión del derecho a sufragio”.
A comienzos de septiembre, el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana había rechazado la solicitud de inhabilitar al exalcalde como candidato a diputado, resolución que fue apelada por Renovación Nacional ante el Tricel y finalmente revocada por este último.
Con la sentencia del Tricel ya notificada, no quedan instancias de apelación para Jadue, por lo que “definitivamente no podrá competir por un cupo a la Cámara de Diputados” en los comicios de noviembre, según la misma resolución.